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ERTE Y FORMACIÓN: ESTAMOS CONTIGO

La crisis ocasionada por la COVID-19 ha generado que un gran número de empresas se hayan visto avocadas a suspender – total o parcialmente – los contratos de trabajo de sus trabajadores por concurrir situaciones de fuerza mayor o necesidades, principalmente, productivas, organizativas y económicas (es decir, a tramitar un ERTE). De esta manera, las empresas han intentado ajustar, temporalmente, los recursos humanos de los que dispone a las necesidades del mercado, evitando, o al menos paliando, una destrucción masiva de empleo.


En este contexto en el que la tramitación de un ERTE bien por fuerza mayor bien por causas objetivas está a la orden del día, y dado que ello implica que los trabajadores con su contrato laboral suspendido o con jornada reducida, disponen de mayor tiempo “sin ocupación profesional”, las empresas se plantean si es posible ofrecer o incluso exigir a sus trabajadores la realización de determinados cursos de formación durante dicho periodo de tiempo. La respuesta dependerá, en gran medida, del carácter voluntario u obligatorio de la formación en cuestión.


Sin embargo, hacemos eco de las últimas noticias:


El Gobierno plantea condicionar las exoneraciones de los ERTE a la formación

Apuesta por prorrogarlos hasta el 31 de enero


El Gobierno plantea prorrogar los ERTE hasta el 31 de enero del 2022, pero condiciona el mantenimiento de las exoneraciones de las empresas a la Seguridad Social a que lleven a cabo acciones de formación.


Son dos de los puntos que el Gobierno ha planteado en la mesa de negociación con los agentes sociales.


En concreto, el plan del Gobierno es vincular el mantenimiento de las bonificaciones a la Seguridad Social a las que las empresas tienen acceso a que pongan en marcha acciones de formación a para las personas afectadas por un expediente temporal de regulación de empleo. Una formación que deberá desarrollarse entre el 1 de octubre del 2021 y el 30 de junio de 2022.


Todas las empresas tendrán que solicitarlo antes del 10 de octubre

Así se recoge, además, de manera expresa en el artículo 5.1 a) del Real Decreto 694/2017, de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, que subraya que: “Podrán ser destinatarios de la formación profesional para el empleo todos los trabajadores ocupados y desempleados, en los términos que a continuación se señalan: De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.1 de la Ley 30/2015, de 9 de septiembre, en la formación programada por las empresas, regulada en el capítulo II, podrán participar los trabajadores asalariados que presten sus servicios en empresas o en entidades públicas no incluidas en el ámbito de aplicación de los acuerdos de formación en las Administraciones Públicas y coticen a la Seguridad Social en concepto de formación profesional, incluidos los trabajadores fijos discontinuos en los períodos de no ocupación, así como los trabajadores que accedan a situación de desempleo cuando se encuentren en período formativo y los trabajadores afectados por medidas temporales de suspensión de contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, en sus períodos de suspensión de empleo”. (énfasis añadido)


Ello implica, además, que las empresas que estén aplicando un ERTE podrán acogerse a la formación bonificada o programada para tal efecto.


Por último, no debemos olvidar que el artículo 16.5 del Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada, relativo al régimen jurídico aplicable a los ERTEs por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción recoge expresamente que “Durante las suspensiones de contratos de trabajo o las reducciones de jornada se promoverá el desarrollo de acciones formativas vinculadas a la actividad profesional de los trabajadores afectados cuyo objeto sea aumentar la polivalencia o incrementar su empleabilidad”.


Por eso desde Consulting C3 queremos mostrar nuestro máximo apoyo ante esta situación tan complicada en las Empresas, por esto estamos a disposición y colaboración para ayudar a realizar Planes y Acciones Formativas que estén en línea de su sector y necesidades Formativas, en cualquier modalidad formativa; en este caso destacamos el eLearning www.ealiciauniversity.com y Aula Virtuales www.consultingc3.com.


Estamos con vosotros.

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